El dedo en la llaga | ESTEBAN FARFÁN ROMERO
El Estatuto y las Competencias
ESTEBAN FARFÁN ROMERO
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Ya va a ser un año de la vigencia con todas las condiciones humanas, logísticas, económicas y financieras y hasta la fecha no hay resultados objetivos. Lo que hemos evidenciado es una notable improvisación, ineficiencia e incapacidad en la administración del proceso de la Autonomía Regional. La misión principal que tiene la Asamblea Regional es la redacción del proyecto de Estatuto Regional de forma participativa (Ley 017, Art. 14) y hasta la fecha no tenemos ni la tapa de dicho documento. Otro instrumento escrito 0importante es el Plan de Desarrollo Regional (PDR), hasta la fecha no existe ningún tipo de acción que posibilite su construcción. No es que la Asamblea Regional realice/concrete dicho proyecto, sino que debería generar las condiciones/necesidad para que los Ejecutivos Seccionales de Desarrollo (ESD) se pongan de acuerdo para la creación de una unidad técnica que se ocupe de este asunto importante.
Frente a la critica nuestra por la negligencia/desidia en el proceso de la Autonomía Regional, inmediatamente improvisaron la transferencia de competencias transitorias para la autonomía regional (¿?) ante la Asamblea Legislativa Departamental (ALD). Aparentemente, la decisión/acción fue acertada políticamente porque dio la impresión de un avance importante en el proceso, pero no contaron que en nuestro país estamos acostumbrados a que las dinámicas se aceleran/paralizan de acuerdo a los tiempo/coyunturas/voluntades políticas. Ahora el MAS está administrando la Gobernación, por lo que se hace el sordo a la petición. Se mira de manera diferente cuando se está montado en el caballo, que cuando se está de pie. De nada les sirvió a los asambleístas regionales la aparatosa representación en la capital chapaca y la paradita conminatoria de gallo catacho/parador del presidente de la Asamblea Regional, pues a los pocos días la efervescencia se diluyó.
Dijeron entusiastas a voz en cuello que en una semanas se producía la transferencia, e incluso hacían amenazas con controlar/censurar a los asambleístas traidores que no apoyen la petición de la Asamblea Regional. Después anunciaron que el 15 de abril harían la entrega de las transferencias, pero no pasó nada. Ya pasa más de un mes y aquí no hay nada.
Tengo algunas reflexiones sobre este particular.
Primero: Así como dije hace mucho tiempo, y me ratifico en el mismo criterio ahora. Es necesario/imprescindible que la Autonomía Departamental tenga su Estatuto constitucionalizado antes que las competencias sean transferidas a la Región Autónoma del Chaco. Esta posición revelada en tiempos de mucho ataque feroz de los del PAN, ha generado un desprestigio desapiadado contar mi persona, echando mano a los mecanismo más bajos e inescrupulosos. La verdad es la verdad, y ahora no encontramos con la tozuda realidad que contradice el discurso oficial que hizo de caballito de batalla en la campaña electoral. La ALD no puede hacer ninguna transferencia/delegación mientras no exista en Estatuto adecuado/constitucionalizado.
Segundo: No hay necesidad de pedir la transferencia de competencias de manera transitoria porque no existe el Órgano Ejecutivo de la Autonomía Regional que es el Ejecuto Regional (LMAD Art. 40). Los ESD son parte/fracción del Órgano Ejecutivo de la Gobernación Departamental/Autonomía Departamental y no de la Autonomía Regional, incluyendo a los tres ESD del Chaco. Eso está muy claro, a pesar de la confusión interesada que ha generado el PAN con su discurso de forzar la legalidad, al intentar establecer que los ESD del Chaco son parte del esquema de la Autonomía Regional.
Si la Autonomía Regional no tiene objetiva/materialmente el Órgano Ejecutivo, entonces ¿a quién se hará depositario de las competencias que requieren? ¿La Asamblea? No, porque es deliberativa y no ejecutiva. ¿Los ESD?, no forman parte de la Autonomía Regional, sino de la Departamental. Al Ejecutivo Regional que no existe todavía. No se entiende esta contradicción/confusión en las acciones de la Asamblea Regional que da la impresión que está extraviada y tiene alto niveles de improvisación.
El argumento que escuché en algunos asambleístas ha sido que requieren las competencias para la elaboración del Estatuto, cuando la norma establece lo contrario. Lo correcto debería ser así. Es decir que primero se debería hacer la transferencia de las competencias y recién después la remisión al Tribunal Constitucional y posterior referéndum.
Entonces es necesario volver a la ley para conocer el procedimiento. No es lógico/práctico pero es legal que la transferencia de competencias sea después de la aprobación constitucional del Estatuto Regional. Lo correctos sería que primero se haga la transferencia, mientras se diseña el Estatuto de acuerdo a las mismas, y después se remita acabado/completo al Tribunal Constitucional para su constitucionalización incluidas las competencias transferidas. Hay que tomar en cuenta que las competencias, son el corazón de toda autonomía, pues sin ellas prácticamente se inmovilizan/estancan, por ello su enorme importancia. La LMAD dice que “la aprobación por referendo de la autonomía regional y su estatuto, constituye un mandato vinculante a la asamblea departamental, que aprobará en un plazo no mayor a ciento veinte (120) días, por dos tercios (2/3) de votos del total de sus miembros las competencias a ser conferidas al gobierno autónomo regional…” Art. 41 y 74.
Recién después de la aprobación constitucional y por referéndum, deberá hacerse la transferencia de competencias en un plazo establecido como máximo. En una palabra, antes de la transferencia, hay que seguir dos pasos; el primero es el referéndum de la autonomía y después el referéndum del estatuto, y recién corresponde la transferencia de las competencias. Nosotros ya hemos dado el primer paso que es el referéndum autonómico y ahora nos falta elaboración/aprobación por dos tercios del proyecto de Estatuto por la Asamblea Regional.
La aprobación de proyecto de Estatuto por la Asamblea será un proceso muy complejo/complicado, por las expectativas encontradas/contradictoras y divorciadas del marco legal. No hay practicas/ experiencias de diálogo en la región, lo que complica aun mas este proceso de necesario consenso interno. Por otro lado, los miembros de la Asamblea Regional no tienen las mínimas condiciones/experiencias para administrar este proceso, por lo que no son idóneos para conducir el mismo. Han demostrado mucha incapacidad en este tiempo. No pudieron ni siquiera establecer una agenda, una metodología, una ruta critica que indique el procedimiento a seguir. Todo se ha improvisado, se han cometido muchísimos errores previsibles. Esta situación ensombrece las posibilidades de contar con mínimos acuerdos en la región enmarcados en las normas. Es necesario tomar el toro por los cuernos y no por la cola.
Siempre dije que el Chaco no hay región efectiva, existe sólo en el papel y en la retórica político, por lo que hay que construir la región a partir de este estatuto y para ello se requiere mucho diálogo, desprendimiento y grandeza para llegar a acuerdos duraderos.
Lo que estoy demandando desde hace mucho tiempo es que se encare con mucha responsabilidad de una vez, el difícil proceso de concertación interna para diseñar/aprobar el Estatuto Regional, sin correr el riesgo que alguna entidad territorial desapruebe la misma (LMAD, Art. 52.III) (Yacuiba 27/04/11)
ESTEBAN FARFÁN ROMERO, es periodista, analista político y docente.
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