
AUTONOMÍAS DE PAPEL
¿En qué queda la capacidad de legislación de los gobiernos departamentales y municipales?
Carlos Alarcón
De unas autonomías departamentales desorbitadas el año 2008, que estaban en contradicción con la Constitución entonces vigente y que todavía requieren su adecuación a la nueva Constitución, hemos pasado el año 2010 a unas autonomías subnacionales de papel, anuladas por el régimen autocrático de turno y por una Ley Marco de Autonomías y Descentralización (LMAD) que, en esencia, debería llamarse Ley de Centralización y Negación de las Autonomías.
Para que no existan dudas al calificarlo de autocrático al régimen de turno, en pleno tratamiento legislativo de la mal llamada LMAD, se dio la paradoja más grande en este asunto cuando Evo Morales, el presidente del Estado, dictó un decreto, para quitarle el protagonismo al Alcalde de La Paz en el festejo del 16 de julio, que ordenó a los gobiernos departamentales y municipales de todo el país la forma cómo deberían llevar a cabo sus celebraciones en los eventos cívicos de alcance local.
¿De qué autonomía subnacional estamos hablando si los gobiernos departamentales y municipales no tienen en los hechos ni siquiera la capacidad para acordar la forma de realización de sus actos cívicos locales? El decreto mencionado se parece a un acto del emperador que ordena a sus vasallos del reino sobre la manera que deben comportarse para atender y resolver sus problemas locales, en asuntos de menor importancia.
Con la mal llamada LMAD se podrán defenestrar, con la simple acusación de un fiscal, en contravención al art. 234 de la Constitución, a Gobernadores y Alcaldes, del oficialismo y de la oposición, que no sean sumisos y obedientes al actual gobierno central. En la nueva forma de autocracia y dictadura que vive Bolivia, ser fiscal designado a dedo por el régimen, tiene mucho más valor, poder y jerarquía que ser Gobernador, Asambleísta, Alcalde y Concejal, elegidos por el voto del pueblo. Los fiscales con sus acusaciones reemplazan al soberano con sus votos.
Con la mal llamada LMAD, las competencias exclusivas de los niveles subnacionales se evaporan y desaparecen; en las principales materias de estas competencias, las políticas son definidas por el nivel central de gobierno y, dentro de esta definición, en detalles menores y residuales recién pueden intervenir los gobiernos departamentales y municipales. ¿En qué queda la capacidad de legislación de los gobiernos departamentales y municipales en estas competencias? Lo propio con las llamadas leyes de compatibilización que podrán uniformar todo lo que se le antoje a la Asamblea Legislativa Plurinacional, con el pretexto de que la diversidad en tal o cual asunto es perjudicial al interés general del Estado.
Con la mal llamada LMAD, el nivel central de gobierno no sólo no transfiere nuevos recursos económicos financieros a los niveles subnacionales, por la sencilla razón de que a diferencia del Estado anterior, muchas de las actividades públicas ya no deberían estar a cargo del gobierno central, sino que además se reserva la inmovilización unilateral de sus cuentas a través del Ministerio de Hacienda.
No hay comentarios:
Publicar un comentario